Desde hoy queda prohibido entrar o salir del país con importes mayores a US$30 mil (o su equivalente en otras monedas), sea en efectivo o instrumentos financieros negociables emitidos al portador.

Esta reglamentación tiene como objetivo enfrentar el blanqueo de dinero y rige tanto para peruanos y extranjeros, .

La salida de montos superiores a los US$30 mil se deberán tramitar mediante empresas autorizadas por la (SBS). De incumplirse este procedimiento, la SUNAT retendrá temporalmente el íntegro del dinero.

También queda prohibido no declarar bajo juramento ante Aduanas el ingreso o salida del país con montos superiores al US$10 mil pero inferiores US$30 mil. De incumplir la norma, el dinero será retenido y se aplicará una sanción equivalente al 30% del valor no declarado.

El infractor tendrá 72 horas para acreditar a la (UIF) el origen lícito del dinero. En caso no se logre, la operación será considerada indicio de lavado de activos e investigada por el .