El acuerdo del Consejo Regional Nº 1121-2015/GRP-CR precisa que durante los 45 días que dure la emergencia se deberán ejecutar medidas de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de zonas afectadas en Piura.

Se recomienda a la Gerencia General Regional que todo proceso de adquisición orientado a la situación de emergencia, debe ejecutarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

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Asimismo, se encarga a la Gerencia General Regional, la implementación del presente Acuerdo de Consejo Regional de conformidad con lo señalado en el artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1017, así como exponer ante el Consejo Regional el detalle de los requerimientos de bienes y servicios, así como las partidas presupuestales a emplearse bajo la presente declaratoria, bajo responsabilidad.

Encargar a la Comisión de Fiscalización y a la Secretaría Técnica Anticorrupción, realicen las acciones de fiscalización y vigilancia de las adquisiciones de bienes, servicios o ejecuciones de obras que se requieran en el marco de la declaratoria de situación de emergencia.

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El presente acuerdo, publicado este jueves en la separata de normas legales del diario oficial “El Peruano”, esta refrendado por el consejero regional de Piura, Hermer Ernesto Alzamora Román.

Fuente: Agencia Andina