La resolución del colegiado electoral explicó que en virtud de las disposiciones del nuevo Código Procesal Penal no se puede ejecutar la sanción impuesta porque la misma no tiene la calidad de firme.

Ello debido a que existen en trámite tres recursos de apelación ante la Sala Mixta y Penal de Apelaciones de la referida corte judicial.

La solicitud de inhabilitación contra la autoridad regional fue presentada por un grupo de ciudadanos a raíz de la sentencia de un año de inhabilitación por la comisión del presunto delito de usurpación de función pública en agravio del Gobierno Regional de Madre de Dios.

Además de la inhabilitación en la función pública, Aguirre Pastor fue sentenciado a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por un período de tres años, al haber sido hallado responsable del delito de usurpación de funciones.

Cabe indicar que la sentencia incluye el pago de una reparación civil de 3 mil soles y deberá cumplir reglas de conducta.