Los miembros de mesa tendrán una importante función en las del domingo 11 de abril, más aún en el contexto de la segunda ola de la pandemia del coronavirus. Por todo esto, es que las autoridades electorales han dispuesto que estas personas tendrán como día no laborable el lunes 12 del presente mes.

Esta medida fue aprobada en el respectivo decreto supremo que fue publicado en el diario oficial El Peruano, asegurando que el día será “no compensable”, y que es obligación de las instituciones ya sea pública o privada tomar las medidas correspondientes para el cumplimiento de la norma.

	Norma dispone que miembros de mesa no trabajarán lunes 12 de abril. (Foto: Andina)
Norma dispone que miembros de mesa no trabajarán lunes 12 de abril. (Foto: Andina)

En el aspecto del trabajador que se haya desempeñado como miembro de mesa en los comicios del 11 de abril, deberá presentar a su empleador el certificado (físico o virtual) de participación que es entregado, únicamente, por la Oficina Nacional d Procesos Electorales (ONPE).

En el sector privado, luego de un acuerdo entre empleado y empleador se determinará la forma en la que se llevará a cabo la recuperación de los días no laborados, De no haber consenso, la decisión recaerá sobre la empresa contratante.

En el sector del Estado, serán los titulares de las entidades públicas quienes dispondrán la forma en la cual se implementará la recuperación de los días no trabajados.

	Multa por no cumplir como miembro de mesa será de 220 soles. (Foto: Andina)
Multa por no cumplir como miembro de mesa será de 220 soles. (Foto: Andina)

En otro sentido, de haber personas que son miembros de mesa y les toca cumplir con su deber cívico y lo harán en provincias y cuyas jornadas laborales se realizarán en días de elecciones, esta tendrá “periodo de tolerancia” para reiniciar sus actividades laborales.

Por otro lado, si una persona es elegida miembro de mesa y su jornada laboral coincide con la fecha de votación, tiene la facultad de no asistir a sus centros de trabajo el 11 de abril.