La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) del Poder Judicial resolvió iniciar un procedimiento disciplinario en contra de la magistrada Olga Lourdes Palacios Tejada, en su actuación como jueza del Juzgado Civil 16 de Lima, por su presunta inconducta funcional en el trámite del Expediente 29106-2008, relacionado con la controversia judicial por la administración de los bienes de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).

La OCMA en su Resolución N°6, emitida el pasado 19 de setiembre, recuerda que el 3 de marzo el ciudadano Walter Muñoz Cho (quien fue designado por el cardenal Juan Luis Cipriani para que lo represente en la junta de administración de dicha universidad), interpuso una queja en contra de la jueza Palacios Tejada, por lo que se procedió a una investigación para establecer si hubo irregularidades en el proceso llevado por la citada magistrada.

Según la resolución del órgano de control, se estableció que Palacios Tejada “no resolvió las excepciones deducidas por el quejoso [Muñoz Cho] pese a haber transcurrido dos años”. Tampoco resolvió el pedido del querellante para la conclusión anticipada del proceso solicitado el 10 de setiembre del 2010, sino que lo hizo luego de siete meses.

La resolución añade que la jueza tampoco se pronunció sobre los pedidos de abstención efectuados por Muñoz Cho, debido a la vinculación de la magistrada con la parte demandante (la PUCP), pese a transcurrir 4 meses. Del mismo modo, la OCMA advierte que la jueza Palacios Tejada, como titular del Juzgado Civil 16 de Lima, cometió otras irregularidades funcionales. Así, se señala por escrito del 29 de octubre del 2010 que los accionantes ponen en conocimiento del juzgado que las notificaciones que contenían la Resolución 53 con diligencias a su favor estaban incompletas.

En esa línea se responsabiliza a la asistente Giovanna Zunilda Manrique Cruz, quien no habría cumplido sus funciones diligentemente. Esta actuación irregular de la servidora judicial, según la OCMA, no fue corregida por la jueza Palacios Tejada, por lo que tanto la magistrada como su asistente son pasibles de un procedimiento disciplinario de oficio.

Fuente: El Comercio