Estas 28 modificaciones fueron publicadas este miércoles en las Normas Legales del diario ‘El Peruano’ y en la página web del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones.

Entre las principales modificaciones está que a partir del 1 de julio la empresa operadora tendrá la obligación de coordinar previamente con el abonado la instalación o traslado del servicio de telefonía, Internet o TV cable en determinada fecha y hora, y el rango de espera será de máximo tres horas.

El horario de atención de las empresas operadoras, a través de sus call center o por teléfono, será de 18 horas por día durante los siete días de la semana. Actualmente es de 12 horas y seis días a la semana.

Todos los abonados que realicen la contratación del servicio de manera presencial tendrán derecho a recibir de manera automática y gratuita el original de su contrato, en el que deberá figurar claramente la tarifa y las condiciones en qué se está dando el servicio.

A partir del 1 de diciembre todos los usuarios de telefonía fija y móvil podrán acceder a los servicios de información y asistencia que ofrecen algunas empresas o instituciones mediante los números telefónicos con las series 0800 y 0801.

Actualmente, los únicos que pueden acceder a estos números de información son los usuarios de telefonía fija con planes post pago. Desde el 1 de octubre los usuarios podrán tener información gratuita sobre sus consumos, saldos y bolsas de minutos disponibles.

Los usuarios que se beneficiarán especialmente con esta medida son aquellos que tienen planes control o planes de telefonía móvil post pago.

Adicionalmente, en el caso de los servicios empaquetados como dúos o tríos, las empresas operadoras estarán obligadas a especificar en los recibos el costo de cada servicio ya sea por TV cable, Internet o telefonía fija, incluyendo el descuento respectivo.

Fuente: Agencia Andina