¿Cómo hacer el trámite para recibir el Bono para desocupados a través de ANSES? (Foto: Pexels).
¿Cómo hacer el trámite para recibir el Bono para desocupados a través de ANSES? (Foto: Pexels).

La es un beneficio que implementó el Gobierno de con el objetivo de ayudar economicamente a las personas que se encuentran desempleadas. Si finalizaron su contrato sin causas justificadas según lo comprendido en Ley de Contrato de Trabajo 24.013 y si cumplen todos los requisitos podrán acceder a este bono. Sigue leyendo para conocer más sobre este subsidio.

Durante la pandemia se vivió una inestabilidad económica que afectó a muchas personas en Argentina. Sin embargo, el Gobierno está buscando apoyar a todos los hogares para que puedan tener una vida digna y cubrir las necesidades básicas. Por eso, implementó diversos programas de ayuda económica, uno de ellos es la Prestación por Desempleo. En esta nota, te contamos todos los detalles de cuándo y como cobrar el subsidio.

¿Cómo hacer el trámite para acceder al Bono para desocupados?

  • Reúne toda la documentación personal y familiar correspondiente. Si tienes los correos o comunicación que intercambiaste con el empleador, preséntalos.
  • Pedir turno en la Administración de la Seguridad Social. Luego podrás consultar la información del día y el lugar asignados.
  • Presenta la documentación requerida en la oficina consignada en el turno que solicitaste.

¿De cuánto es Bono para desocupados en el 2022?

El dinero que se puede cobrar con este subsidio va a variar este 2022 porque se implementó un aumento en el Salario Mínimo, Vital y Móvil en Argentina. Los montos por cobrar van desde los 828 pesos hasta los 13.292 pesos con un máximo de 22.153 pesos. Este beneficio se va a abonar en abril con un cronograma de pago que irá de acuerdo el último número del DNI.

Bono para desocupados 2022: ¿cuáles son los requisitos?

Si estás buscando acceder a este subsidio debes cumplir con todos las condiciones que mencionaremos a continuación:

  • Estar en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a.
  • Si perteneces a empleados permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Para trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes que termine el trabajo.

Esta es la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

  • DNI (original y copia).
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
  • El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

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