Las empresas peruanas tienen hasta el 15 de mayo como plazo máximo para depositar (CTS) a sus trabajadores. Incumplir esta obligación ocasionará sanciones establecidas en la nueva escala, vigente desde marzo de este año.

Las microempresas que incumplan serán multadas con hasta S/.3.800, mientras que las empresas medianas y grandes deberán pagar S/.190.000 por no depositar este monto, informó .

El gerente legal de la (CCL), Víctor Zavala, explicó que para establecer los momentos también se tendrá en cuenta el número de afectados y la infracción cometida.

Si las empresas enmiendan su falta de forma voluntaria al ser advertidas por el Ministerio de Trabajo, las multas serán rebajadas en 90%, es decir, en vez de ser sancionadas S/.190.000, deberán cancelar solo S/.1.900.

Los trabajadores que no hayan recibido este beneficio deben solicitar, por escrito, el pago a su empleador. De no recibir respuesta, pueden sentar una denuncia en el –solo para microempresas– o en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

¿Quiénes tienen derecho a cobrar CTS? Todos aquellos trabajadores sujetos el régimen común que cumplan jornadas laborales de al menos cuatro horas. El dinero por este concepto se podrá retirar solo si supera los seis sueldos brutos.