La Comisión Disciplinaria de la FIFA notificó a la Federación Peruana de Fútbol (FPF) la sanción que tendrá que cumplir en el partido del Eliminatorio rumbo al Mundial Brasil 2014, contra Bolivia se jugará sin público y a puertas cerradas.

En el partido clasificatorio para el Mundial de la FIFA Brasil 2014™ entre Perú y Uruguay, disputado el pasado 6 de septiembre en Lima, los oficiales de partido dieron parte de una serie de graves incidentes por parte de los hinchas locales.

Tras instruir el procedimiento disciplinario el 9 de septiembre de 2013, la Comisión Disciplinaria de la FIFA examinó los informes de los oficiales y la postura de la FPF.

En suma, tras tener en cuenta las circunstancias del caso y, en particular, la gravedad de los incidentes, la Comisión Disciplinaria de la FIFA decidió que el siguiente partido clasificatorio para la Copa Mundial de la FIFA Brasil 2014™ que la selección peruana dispute en casa (Perú – Bolivia, programado para el 15 de octubre de 2013) se dispute a puerta cerrada.

La comisión resolvió finalmente imponer a la FPF una multa de 20 000 CHF (Francos Suizos) es decir aproximadamente 61 139.14 Soles.

Además de la sanción mencionada, se ha advertido tanto a la FUF como a la FPF que, en caso de reincidencia en el futuro y si tales actos volviesen a repetirse, la Comisión Disciplinaria de la FIFA no tendría otra opción que imponer sanciones más severas, que implicarían la pérdida del partido, la deducción de puntos o la descalificación de la competición. Las costas procesales correrán respectivamente por cuenta de ambas federaciones.

De acuerdo con el artículo 67, apdo. 1 del Código Disciplinario de la FIFA, la asociación anfitriona es responsable de la conducta inapropiada de los espectadores, sin que se le impute una conducta culpable.

De conformidad con el artículo 96, apdo. 1 del mismo código, se puede presentar todo tipo de prueba, y en el apdo. 3 del mismo artículo figura una lista no exhaustiva de las pruebas admisibles.

La comisión desea hacer hincapié en que, mientras que las infracciones disciplinarias se procesan de oficio, todo individuo puede denunciar a los órganos jurisdiccionales conductas que considere contrarias a la reglamentación de la FIFA. (art.108, apdos. 1 y 2 del Código Disciplinario de la FIFA).