El TAS amplió su sanción a 14 meses y no jugará con la el próximo . Minuto después de conocerse la noticia, la web oficial de la organización publicó el comunicado oficial respecto al fallo final.

“El Tribunal de Arbitraje del Deporte (CAS) ha confirmado parcialmente el recurso interpuesto por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) contra la decisión emitida por el Comité de Apelaciones de la FIFA el 20 de diciembre de 2017 (Decisión de la CA de la FIFA) en el que se impuso un período de 6 meses de suspensión de el jugador de fútbol peruano Paolo Guerrero además de una violación de las reglas antidopaje (presencia de Benzoylecgonine. El CAS decidió aumentar la suspensión de Sr. Guerrero de 6 a 14 meses, a partir de hoy, con el período de suspensión provisional de 6 meses que ya recibió el Sr. Guerrero se acredita contra el total período de inelegibilidad para ser servido”, indica el comunicado oficial del TAS.

“La FIFA consideró que el Sr. Paolo Guerrero había podido establecer que la conclusión analítica adversa ha sido causado por la ingestión de un té que contiene la sustancia prohibida. La FIFA decidió que el jugador sufrió algún grado de culpa o negligencia (aunque no significativa) al cometer la infracción de la regla antidopaje (ADRV) y, por lo tanto, que debe imponerse un período proporcional de inelegibilidad”, agrega.

“Teniendo en cuenta la circunstancias del caso, la FIFA impuso un período de 6 meses de inelegibilidad para el jugador, en lugar del suspensión mínima de 1 año prevista por el Reglamento Antidopaje de la FIFA, aplicable en caso de no significativa culpa o negligencia”, acota.

“Tanto el jugador como la AMA presentaron apelaciones ante el TAS. Paolo Guerrero buscó tener el conjunto de decisiones de la FIFA a un lado y reemplazado por una nueva decisión en la que no se le impuso ninguna sanción. La AMA, por otro lado, solicitó que se anule la decisión de la FIFA AC y que se sancione a Paolo Guerrero con un período de inelegibilidad entre 1 y 2 años con una preferencia expresada por 22 meses”, agrega el comunicado oficial.

“Dos procedimientos de arbitraje fueron registrados por el TAS que se consolidaron y remitieron al mismo panel de árbitros que celebró una audiencia con las partes en la sede de TAS en Lausana el 3 de mayo de 2018”, indica.