¿Mate? lanzó este sábado un nuevo comunicado en el que pone en jaque el argumento de KS Depor, empresa que representa a la marca .

Como se sabe, el club crema anunció la resolución del contrato con la citada empresa deportiva, a pesar de que tenían un contrato firmado hasta el 31 de diciembre de 2022. ¿El motivo? Umbro, según la administración merengue, se niega a entregar información de las ventas de camiseta.

A continuación, el comunicado de Universitario de Deportes:

Ante las declaraciones y comunicados emitidos por KS Depor, representante de Perú; el Club pone en conocimiento de sus hinchas y la opinión pública lo siguiente:

1.- Es falso lo indicado por KS Depor en el sentido que Universitario de Deportes no puede resolver el contrato con dicha empresa.

2.- El argumento que esgrime la referida empresa se basa en los siguientes supuestos:

a) El hecho que existiría una medida cautelar que le prohíbe al Club tomar dicha medida resolutoria; y,

b) Que el Club habrìa resuelto el contrato de manera unilateral.

3.- Sobre los citados argumentos señalados por KS Depor, es importante aclarar lo siguiente:

a). A través de una orden judicial que se dictó en el mes de julio se prohibió al Club resolver el contrato con Umbro en el supuesto que en dicha resolución se invoque unas cartas notariales de requerimiento que enviamos en mayo del presente año.

b). Precisamos ante ello, que en ningún momento ha invocado las cartas notariales enviadas a Umbro en mayo de 2017 para resolver ningún contrato. En pocas palabras, es absolutamente falso que se haya resuelto el contrato incumpliendo alguna orden judicial.

c). En ese marco, y sin ninguna prohibición judicial, Universitario de Deportes, en el mes de noviembre de 2017, con otras cartas notariales distintas a las del mes de mayo, solicitó a KS Depor, al amparo de la cláusula 4.2 del Contrato que teníamos suscrito, permita realizar una auditoría con el fin de verificar si las ventas y el pago de regalías que realiza por usar la marca “U”, son las correctas. Para dicho fin se designó a una empresa auditora de reconocido prestigio, contando dicho nombramiento con la aprobación de KS Depor.

d). Sin embargo, estando la auditora en pleno trabajo en el mes de noviembre, KS Depor procedió a negarle los requerimientos de información, frustrando con ello de manera contraria a la ley, que la “U” pueda saber la verdad de cómo se viene comercializando su marca, atentando contra su derecho pactado en el contrato.

e). Frente a dicha negativa y la manifiesta violación del derecho de , conforme ordena el artículo 1429° del Código Civil el día 30 de noviembre de 2017 y por conducto notarial le otorgamos quince días calendario a KS Depor para que subsane dicho incumplimiento, es decir, para que permita que la auditora pueda hacer su trabajo entregándole la información que estaba requiriendo, y de esa manera poder verificar si los derechos del Club estaban siendo respetados o vulnerados por KS Depor.

f). Transcurridos los citados quince días, plazo que venció el 19 de diciembre, KS Depor continuó incumpliendo con entregar la información y por tanto, violando el contrato; por lo que mediante carta notarial del 20 de diciembre, en estricto cumplimiento del procedimiento legal, Universitario de Deportes procedió a resolver, legítima y correctamente, el Contrato con la marca deportiva Umbro.

4.- En atención a lo anterior, dejamos constancia de lo siguiente:

a). Que el contrato con KS Depor está perfectamente resuelto, siendo que, desde el 20 de diciembre no nos une ninguna relación comercial ni legal con dicha empresa. Queda establecido por lo tanto que ésta última no tiene derecho de comercializar ni usar la marca “U” en su indumentaria.

b). Se ha resuelto el contrato con KS Depor porque dicha empresa, de manera intencional ha incumplido con sus obligaciones, violando los derechos del Club, pese a que éste le pidió notarialmente que subsane ello en el plazo de 15 días.

c). Es inexacto que Universitario de Deportes podría ser sancionado con una penalidad de 10 millones de dólares, puesto que la resolución contractual hecha por el Club no es arbitraria.

d). No hay ninguna medida judicial, arbitral, cautelar, ni prohibición de ninguna naturaleza para que la “U” pueda haber exigido a KS Depor, que respete nuestros derechos, entre los que está poder revisar cómo dicha empresa viene comercializando las camisetas de la “U”.

5.- Finalmente, formulamos la siguiente interrogante: ¿Por qué KS Depor se ha resistido sistemáticamente a que se verifique cómo ha venido comercializando la marca “U” durante todos estos años?.