El dispositivo, publicado en una Edición Extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano , contempla medidas “urgentes, temporales y excepcionales” del proceso concursal.

De esta manera, se establecen los pasos para que los clubes en problemas puedan acogerse al trámite concursal, es decir, a un régimen que le permita hacer frente a sus obligaciones y continuar funcionando.

Así, ingresada la solicitud por parte del deudor, Indecopi declarará mediante resolución, el inicio del procedimiento concursal, su difusión y en el mismo acto dispondrá la designación de un administrador temporal, el cual podrá ser ratificado o sustituido por la Junta de Acreedores.

En caso que este proceso sea iniciado por un acreedor, una vez verificada la existencia de los créditos invocados, la autoridad requerirá al deudor a que se apersone al procedimiento.

Consentida o forme la resolución de inicio, Indecopi procederá de la forma mencionada anteriormente, y designará al administrador temporal.

El decreto deja en claro que este procedimiento no contempla la posibilidad de que los acreedores opten por la liquidación de la persona jurídica.

Difundida la situación de concurso, el administrador temporal sustituirá en pleno derecho en sus facultades legales y estatutarias a los directores, gerentes, representantes legales y apoderados del deudor.

El inicio del proceso genera la suspensión de exigibilidad de obligaciones y un marco de protección patrimonial.

El decreto estará vigente durante 60 días calendario contados a partir de su publicación, y su aplicación es inmediata, incluso para los casos donde ya se haya iniciado los procedimientos concursales.

La norma se aplica a todas las personas jurídicas que realicen actividades deportivas futbolísticas.

El dispositivo precisa que el impacto económico y social de esa actividad deportiva es muy significativo y constituye una fuente de transacciones económicas importantes.

Andina