Ante la situación de los clubes del fútbol peruano que se encuentren en procesos concursales debido a deudas (ya sea con instituciones del Estado o con entidades privadas) se aprobó por insistencia del Congreso de la República el pasado viernes 9 de julio la Ley N° 31279, la misma que recién fue publicada este jueves 15 en el diario oficial El Peruano.

Pero ¿Qué establece esta ley? que quedan suspendidos los procedimientos concursales de los clubes que se encuentren bajo proceso judicial u ordinario de manera provisional.

En ese sentido, quedan suspendidas también las convocatorias, realización y ejecución de acuerdos de las juntas de acreedores, así como el ejercicio y facultades de las administraciones concursales que están en funcionamiento en la actualidad.

	Ley fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República. (Foto: Andina)
Ley fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República. (Foto: Andina)

Otra de las disposiciones de esta norma es que los activos de las entidades futbolísticas se mantienen inalterables, tanto los activos tangibles como intangibles.

Uno de los puntos más importantes de esta ley es que, de forma provisiona, la junta de acreedores de los clubes en procesos concursales estarán dirigidas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), para temas estrictamente administrativos y de correspondencia.

Por ello, la ley establece que el nuevo administrador de los clubes inmersos en dicha situación deben ser personas naturales o jurídicas, los cuales tendrán calidad de representantes legales con todas las atribuciones y facultades que el cargo implica.

	Universitario es uno de los clubes del fútbol peruano que mayor deuda concursal tiene en la actualidad. (Foto: Andina)
Universitario es uno de los clubes del fútbol peruano que mayor deuda concursal tiene en la actualidad. (Foto: Andina)

Sin embargo, se especifica que el cargo de administrador no podrá ser asumido por persona jurídica o natural que, previamente, haya fungido este puesto.

Asimismo, se contempla la formación de una comisión investigadora en la Comisión de Fiscalización del Congreso, la cual tendrá entre sus funciones ver procedimientos concursales irregulares ligados a los clubes de fútbol, así como formalizar las respectivas denuncias penales como administrativas.

Finalmente, la norma establece la creación de una comisión en el Parlamento, la cual tendrá la labor de crear un marco legal que “regule de manera integral el desarrollo de la actividad deportiva de los clubes de fútbol profesional, bajo los principios de legalidad, imparcialidad, equidad y buena fe”, en un plazo no mayor a los 45 días calendario.

	La norma establece que, de forma provisoria, la Sunat lideraría la junta de acreedores de los clubes con procesos concursales. (Foto: Andina)
La norma establece que, de forma provisoria, la Sunat lideraría la junta de acreedores de los clubes con procesos concursales. (Foto: Andina)