Tal como estaba previsto, la directiva de solicitó oficialmente ante la Comisión de Justicia de la ADFP los tres puntos del Clásico frente a , amparándose en el artículo 6 de las Bases del campeonato.

El club íntimo considera que sus pares cremas fueron responsables directos para que la ONAGI no otorgue las garantías para el desarrollo del partido que fue programado para el último domingo 6, a las 4 de la tarde en el Estadio Monumental, y no un caso fortuito o de fuerza mayor.

Qué dice el artículo 6:

Definición de caso fortuito y de fuerza mayor.- Se consideran supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor, los hechos que no han podido preverse o que pudiendo preverse no han podido ser evitados o resistidos.Los casos fortuitos consisten en hechos producidos por la naturaleza, tales como: lluvias torrenciales, granizadas, nevadas, sismos, incendios, huaycos, o cualquier otro tipo de evento de origen natural.

Los casos de fuerza mayor son los hechos generados por el hombre, tales como: huelgas en aeropuertos y en compañías de transportes, cancelación de los vuelos, accidentes colectivos de equipos, la eventual cancelación de garantías otorgadas para la celebración de un partido por causa no atribuible al Club Organizador del Evento o la interdicción de las mismas, actos de violencia, sabotaje y terrorismo.

Hay que recordar, que Alianza Lima ya ganó en mesa el partido ante Universitario de Deportes por la primera rueda de las Liguillas, esto por la mala inscripción del volante colombiano Juan Pablo Pino.