Como se recuerda, la integrante del Partido Aprista fue hallada responsable del delito de falsedad genérica por contratar a Juan Carlos Cuadros Noriega como empleado del Parlamento Nacional, pese a que este nunca pisó la sede del Legislativo.

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema había absuelto a la excongresista de dicho delito, razón por la cual había sido desaforada del Parlamento en 2007, luego de ser suspendida de sus funciones por cobrar el dinero de ese ‘trabajador fantasma’.

El colegiado supremo desestimó en última instancia las apelaciones presentadas por el Ministerio Público y la Procuraduría Anticorrupción para que se anulara el primer fallo, en el que excluyó a la exlegisladora aprista de dicho delito.

Para adoptar esta decisión, la Sala Penal Transitoria tomó en cuenta el valor de la cosa juzgada, pues Cuadros Noriega fue absuelto en forma definitiva por el Poder Judicial del proceso penal que afrontó por este caso.