El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones () declaró como infundada la tacha que fue presentada contra la inscripción formal del .

Así lo informó , quien compartió esta mañana un comunicado en el cual el Comité Político del Partido Morado saluda la decisión tomada por el registro en contra de la tacha que planteó el ciudadano Daniel Grandes Marín.

“El Partido Morado comunica al país que el Registro de Organizaciones Políticas del JNE declaró infundada la absurda tacha presentada por un militante de Acción Popular y que viene demorando injustificadamente nuestra inscripción. Saludamos la decisión tomada por el ROP que se ajusta al marco normativo vigente y esperamos sea definitiva”, señaló el comité de la agrupación política.

“Contra todo, le pese a quien le pese, lograremos nuestra inscripción y dejaremos huella en la historia política del Perú”, indicó, a su turno, el ex candidato presidencial Julio Guzmán.

El Comité Político dijo esperar que esta decisión sea final y solicitó a Acción Popular, partido del cual Daniel Grandes Marín es militante, que “no se haga perder más tiempo” con una apelación y asuma la responsabilidad de la conducta política ante la actitud del ciudadano que presentó la tacha

Ante este comunicado, Daniel Grandes reiteró que no presentará una apelación a la decisión del ROP, aunque señaló que no se arrepentía de haber presentado el recurso en contra de la inscripción del Partido Morado.

“Como dije la semana pasada, si es que hay que hacer alguna apelación, no la voy a hacer […] Para mí, la política es cochina y por eso presenté la tacha, pero al ver todas las implicancias que ha tenido, no voy a ir a por más”, manifestó.

“Pero había que tener siquiera ese patriotismo de quien busca que se prohíban que vengan más partidos políticos para que nosotros, los ciudadanos, sigamos manteniéndolos”, añadió para luego indicar que, hasta el momento, no ha sido notificado oficialmente por el JNE.

Cabe recordar que, si no se presenta una apelación en el plazo de cinco días hábiles, se procederá a declarar como fundada la inscripción del Partido Morado.