Perú. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) precisó hoy que actuó con veracidad y apego a las normas en el indulto humanitario concedido al expresidente Alberto Fujimori.
Indicó que el 21 de diciembre, el día en que se debatía la vacancia del presidente Pedro Pablo Kuczynski, informaron en sus redes sociales que el informe médico para el indulto a Alberto Fujimori no estaba en el Ministerio de Justicia ni en la Comisión de Gracias presidenciales.
Precisa que cuando indicaron que “dicho documento que circula en redes no existe para el sector”, hacían referencia al informe y no al expediente del indulto.
Hizo esa aclaración, sostienen, ante las especulaciones que aseveraban que el referido informe médico que circulaba en las redes sociales, “eran documentos oficiales que se encontraban físicamente en el sector Justicia”.
“Tras la verificación correspondiente y en aras de la verdad, el MINJUSDH hizo la aclaración mencionada refiriéndose en estricto al supuesto informe médico que circulaba en redes sociales, descartando que se encuentre en ese momento en el sector”, precisó.
“En ese sentido, procedió a informar a la presidenta del Consejo de Ministros, lo que explica sus declaraciones públicas”, añade.
trámite del indulto
Explican que el pedido de indulto para Alberto Fujimori – uno de los 45 presentados este año – fue presentado ante el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) el 11 de diciembre con la firma del exmandatario. Pedía indulto humanitario y derecho de gracia por razones humanitarias.
El 18 de diciembre el director del Establecimiento Penitenciario Barbadillo remitió este expediente a la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales, que advirtió la ausencia de una serie de documentos de carácter médico y los requirió por escrito al Ministerio de Salud.
“El 22 de diciembre el Ministerio de Salud recién envía los documentos completos a la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales para que continúe el trámite de acuerdo a sus atribuciones”, afirman.
Refieren que la Comisión de Gracias Presidenciales evaluó el pedido de Alberto Fujimori, iniciado el 11 de diciembre, respetando su reglamento, tras lo cual llegaron a la conclusión de que el interno se encuentra comprendido en el inciso 6.4 del art. 6 del reglamento interno de esta comisión.
“Se trata de una persona que padece de una enfermedad no terminal grave, que se encuentra en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y que además las condiciones carcelarias en el Establecimiento Penitenciario Barbadillo, colocan en grave riesgo su vida, salud e integridad”, puntualizan.
En base a ello se recomendó conceder el indulto y derecho de gracia por razones humanitarias, conforme fue publicada en la Resolución Suprema Nº 281-2017-JUS, el domingo 24 de diciembre.
El Ministerio de Justicia, asimismo, sostiene que manejó estos casos con absoluta reserva, con apego al Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y a la Ley de Protección de Datos Personales que protege información sensible como la referida a salud.
“La misma reserva se ha considerado en 45 pedidos de indultos y gracias presidenciales a favor de Alberto Fujimori, presentados en el 2017. La Comisión de Gracias Presidenciales actúa con reserva en estricta autonomía y sin presiones de ningún tipo”, refieren.
En ese sentido, reiteraron su respeto al derecho a la dignidad humana de todos los ciudadanos y a los procedimientos establecidos en la Constitución y las normas vigentes para estos casos.
Fuente: Agencia Andina
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