La decisión del tribunal supremo fue notificada este miércoles a las partes procesales: Ministerio Público, Procuraduría Pública para delitos de corrupción y abogado del extraditable Martín Belaunde Lossio.

“Cumplida esta diligencia, y dentro del término de ley, el cuaderno de ampliación de extradición será tramitado ante el Ministerio de Justicia”, comunicó el Poder Judicial.

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La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema señala que la solicitud de extradición cumple con los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal del Perú y el Tratado de Extradición con Bolivia, suscrito el 27 de agosto del 2003.

Entre esas exigencias, se indica que la acción penal para el delito de lavado de activos no ha prescrito ni en el Perú ni en Bolivia y que se cumplió con el requerimiento de adjuntar suficientes elementos de convicción como declaraciones, documentos y oficios, que sustentarían la imputación contra el investigado.

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Del mismo modo, se cumple con el principio de la doble incriminación al encontrarse tipificada la conducta atribuida a Belaunde Lossio tanto en el Código Penal peruano como en el boliviano.

Se refiere, además, que los actos ilícitos ocurrieron en el Perú y constituyen delitos comunes, ajenos a cualquier motivación y finalidad política.

Poder Judicial declara procedente extradición de Belaunde Lossio por el delito de lavado de activos. http://bit.ly/1NgyMLt

Posted by Corte Suprema de Justicia - Poder Judicial del Perú on Miércoles, 25 de marzo de 2015