El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso anular la resolución que, en primera instancia, declaró como improcedente la inscripción de todas las listas de la alianza electoral Chim Pum Callao. Ello tras establecer que esta organización sí cumplió con los plazos programados por ley.

Al respecto, el Jurado Electoral Especial del Primer Puerto había considerado como improcedente la inscripción de las listas de candidatos regionales, provinciales y distritales.

¿Cómo? Con la justificación de que recién el 9 y 10 de julio se anularon las tachas interpuestas contra Chim Pum Callao, cuando ya se había vencido el plazo de inscripción de listas (7 de julio).

“El JEE del Callao no tuvo en cuenta que la resolución N°571-2014-JNE señaló que la inscripción estaba condicionada, entre otros, a que la inscripción provisional estaba condicionada a que la resolución que declarara infundada la tacha contra la solicitud de inscripción de las organizaciones políticas ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) quedara firme”, mencionó el JNE a través de un comunicado.