El defensor del Pueblo, Eduardo Vega, afirmó que los delitos investigados en el caso El Frontón son imprescriptibles, de acuerdo con la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 2000.

El funcionario recordó que dicho tribunal supranacional estableció que las ejecuciones extrajudiciales constituyen graves violaciones de los derechos humanos que no pueden quedar impunes.

Por tanto, dijo que la CIDH consideró que las ejecuciones extrajudiciales no prescriben, independientemente de si se les considera delitos de lesa humanidad o no.

En ese sentido, expresó su preocupación por la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), según la cual los delitos investigados en este caso han prescrito, al no considerarlos de lesa humanidad.

Señaló que la corte mencionada ordenó al Estado peruano realizar* “una investigación, con la voluntad genuina de conocer la verdad”* y sancionar, de ser el caso, a los presuntos responsables de las ejecuciones extrajudiciales denunciadas.