La emitió hoy una medida provisional en la que le ordena a Perú archivar una acusación contra 4 magistrados del Tribunal Constitucional (TC), al considerar que esta puede obstruir un caso por el que el Estado fue condenado en el año 2000.

Por cinco votos contra dos, la corte ordenó “requerir al Estado del Perú que, para garantizar el derecho de las víctimas del caso Durand y Ugarte a obtener un acceso a la justicia sin interferencias”, “archive el procedimiento de acusación constitucional actualmente seguido ante el Congreso”.

Los magistrados Manuel Miranda, Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña son investigados en Perú por supuestamente cambiar el voto de uno de sus excompañeros en una sentencia de 2013 sobre el caso , donde se procesa a miembros de la Armada por presuntamente ejecutar extrajudicialmente a presos condenados por terrorismo que se habían rendido tras un motín en 1986.

Los magistrados han explicado que no cambiaron nada y que lo único que hicieron fue interpretar el sentido del voto del exmagistrado Juan Vergara para tener una mayoría de cuatro, con lo que el TC se declara inhábil para decidir si los delitos son de lesa humanidad.

El pasado 11 de diciembre los representantes de las víctimas solicitaron a la Corte la medida provisional “en tutela de la estabilidad en los puestos” de los magistrados del Tribunal Constitucional, ya que consideran que “se les busca destituir a través de una medida exclusivamente política, que tiene como finalidad de impedir la ejecución de lo dispuesto por la Corte en la Sentencia del caso Durand y Ugarte”.

los argumentos

La Corte explicó que emitió la medida provisional para que la acusación “no siga generando presiones indebidas tanto en ese alto tribunal como en los jueces penales para resolver” el caso.

“Esto constituye una condición necesaria para que los familiares de los señores Nolberto Durand y Gabriel Ugarte, víctimas del caso, sean reparados en su derecho a conocer la verdad”, añade el tribunal.

La Corte Interamericana explicó que aunque “existen avances en la obligación de investigar (…) han transcurrido más de treinta y un años desde que ocurrieron los hechos sin que, a la fecha, se hayan determinado las responsabilidades correspondientes”. Esto, agrega la Corte, “es una afrenta al acceso a la justicia”.

La Corte también ordenó al Estado que presente, a más tardar el 15 de abril de 2018, un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de la medida provisional.

Perú fue condenado por la Corte Interamericana en el año 2000 por la violación del derecho a la vida de Nolberto Durand Ugarte y Gabriel Pablo Ugarte Rivera, quienes se encontraban detenidos en el establecimiento penal de la Isla “El Frontón”.

El 18 de junio de 1986, varios penales de Lima fueron sacudidos por un motín de presos por terrorismo y el entonces presidente Alan García (1985-1990) ordenó a las Fuerzas Armadas recuperar el control y rescatar a los custodios tomados como rehenes.

El penal El Frontón estaba construido en una de las pequeñas islas frente a Lima y destinado para los presos de mayor peligrosidad, en el cual fueron internados decenas de detenidos por su presunta militancia en la banda armada Sendero Luminoso.

De acuerdo con la acusación presentada por la Fiscalía, al día siguiente, cuando el motín ya había sido controlado por la Marina y concluido el enfrentamiento con los internos, se produjeron ejecuciones extrajudiciales de los presos rendidos. Al momento de la sentencia se desconocía el paradero de Durand y Ugarte.

Fuente: EFE

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