El mencionado fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó a la Corte Suprema del Perú anular el fallo dictado por Javier Villa Stein sobre el caso Barrios Altos.

El documento emitido por la CIDH resuelve que “el Estado peruano debe adoptar todas las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento, señalados en el punto declarativo segundo de esta Resolución”.

Asimismo, la CIDH señala que “el Estado peruano debe presentar, a más tardar el 20 de enero de 2013, un informe en el cual indique todas las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas por la Corte”.

La Corte que dictó esta resolución estuvo integrada por el Presidente en ejercicio; Leonardo A. Franco (Argentina), Manuel E. Ventura Robles (Costa Rica); Margarette May Macaulay (Jamaica); Rhadys Abreu Blondet (República Dominicana); Alberto Pérez Pérez (Uruguay); y Eduardo Vio Grossi (Chile).