. La Corte Interamericana de Derechos Humanos () informó hoy de que rechazó la participación del representante del expresidente , en la audiencia del 2 de febrero en la que analizará el indulto otorgado por el Gobierno de ese país.

Una fuente de la CorteIDH explicó que la participación de Miguel Pérez Arroyo, abogado de , no será posible, ya que en la etapa de supervisión de sentencia el proceso solamente cuenta con los representantes de las víctimas y del Estado, pero sí podrá presentar un escrito.

En una carta enviada a las partes la Corte indicó que no es posible la participación del abogado en la audiencia y se fundamenta en el principio de que el proceso internacional solamente cuenta con los representantes del Estado y la representación de las víctimas, explicó la fuente.

El abogado “puede presentar una opinión o información de forma escrita”, agregó. La misiva está firmada por el secretario de la CorteIDH, Pablo Saavedra y fechada el día 11 de enero.

“De acuerdo con las normas convencionales y reglamentarias, se les debe garantizar el derecho al contradictorio y el derecho de defensa (al Estado y las víctimas). Por consiguiente, normativamente, usted no se encuentra legitimado para participar en estos procesos internacionales”, dice la carta.

La audiencia se realizará el próximo 2 de febrero a petición de las víctimas de los casos de matanzas conocidos como “La Cantuta” y “Barrios Altos”, por los cuales la CorteIDH condenó al Estado, en 2006 y 2001, respectivamente, como responsable de violaciones de derechos humanos cometidas durante el mandato de .

Los representantes de las víctimas informaron a la CorteIDH a finales de diciembre sobre el indulto otorgado a Fujimori por el presidente peruano, , y solicitaron la audiencia.

El abogado de Alberto Fujimori envió una carta al Tribunal internacional el pasado 3 de enero en la que solicitaba que “en razón de tener información relevante que aportar a la dilucidación del objeto del incidente de supervisión de cumplimiento, se permita a su defensa informar oralmente en la audiencia pública”.

La CorteIDH ha explicado que la audiencia de supervisión es para valorar si los hechos traídos a su conocimiento constituyen un incumplimiento por el Estado de la obligación de “investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de las que fue declarado responsable internacionalmente en las sentencias de los casos de referencia”.

fue condenado por la Justicia peruana en 2009 a 25 años de cárcel por la autoría mediata (con dominio del hecho) de las matanzas de y , en las que murieron 25 personas, y el secuestro de un periodista y un empresario en 1992.

El presidente de Perú, , otorgó el 24 de diciembre un indulto – que justificó en razones humanitarias de salud – a Alberto Fujimori, de 79 años.

PPK también le otorgó el derecho de gracia presidencial, por lo que el exgobernante no podrá ser procesado en un juicio abierto por el asesinato de 6 personas en el distrito de Pativilca (norte de la región Lima).

Fuente: EFE

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