La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado peruano que se abstenga de ejecutar la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de liberar al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000).
En un pronunciamiento, el pleno de dicho organismo supranacional requirió al Perú que “para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta” abstenerse de ejecutar el fallo del TC.
Según la Corte IDH, la decisión completa sobre el caso será notificada en los próximos días, una vez que se resuelva la solicitud de medidas provisionales presentada por los abogados de los familiares de las víctimas.
Como se recuerda, el pasado 17 de marzo el TC aceptó la ponencia de Ernesto Blume, quien planteó declarar fundado el recurso y con ello se deje sin efecto la anulación del indulto a favor de Fujimori Fujimori.
La votación final de este caso en el TC fue de tres a favor y tres en contra. Por ello, se apeló al voto dirimente de su presidente, Augusto Ferrero, a favor del hábeas corpus.
En este caso dicho recurso fue interpuesto por Gregorio Parco Alarcón contra la resolución de la Corte Suprema de Justicia, que dejó sin efecto el indulto humanitario.
El 24 de diciembre de 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuzcynski otorgó el indulto a Alberto Fujimori por razones humanitarias. Sin embargo, el Poder Judicial anuló dicho beneficio.
Cabe indicar que el exmandatario actualmente cumple una condena de 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Se encuentra recluido en el establecimiento penitenciario de Barbadillo (Ate).
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