De acuerdo a lo informado por Osiptel, los usuarios de Internet, cable o telefonía fija y móvil podrán solicitar a su respectiva operadora la suspensión temporal de estos servicios (hasta 2 meses), ya sean contratos individuales o en paquetes, sin que esto genere costos durante dicho periodo.

La suspensión de esos servicios podrá darse en un mínimo de 15 días a un máximo de 2 meses por año, la cual será gratuita. Este periodo podrá ser tomado de forma consecutiva o espaciada, sin que esto genere recargas económicas.

	Esto incluye a servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV cable. (Foto: Andina)
Esto incluye a servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV cable. (Foto: Andina)

Ante esto, la directora de Atención y Protección del Usuario del Regulador de Osiptel, Tatiana Piccini, detalló: “Durante el plazo de suspensión solicitado, la empresa operadora no deberá cobrar por el servicio”.

Para realizar la suspensión del servicio, la solicitud debe ser presentada por el titular del contrato, empleando cualquiera de los canales de atención de la operadora, teniendo un plazo máximo de 5 días hábiles para que la empresa la haga efectiva, con la excepción que se presente el caso que el usuario proponga una fecha posterior al plazo establecido.

	Osiptel dio a conocer la noticia. (Foto: Andina)
Osiptel dio a conocer la noticia. (Foto: Andina)

Culminado el plazo de suspensión pedido por el usuario, el servicio se restablecerá de forma automática, fecha en la cual comenzará la correspondiente facturación. Pero también, el usuario tiene la posibilidad de reactivar el servicio antes del periodo requerido.

Ante esto, Piccini agrega: “La empresa operadora podrá aplicar una tarifa de reactivación, la misma que debe informar al usuario al momento que se efectúe la solicitud de suspensión temporal de su servicio”, sentenció.

	Operadoras tendrán la facultad de cobrar a usuarios costo de reconexión. (Foto: Andina)
Operadoras tendrán la facultad de cobrar a usuarios costo de reconexión. (Foto: Andina)