El director general de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares de la cancillería, Fernando Quirós, señaló que para orientar a los compatriotas se creó el portal leydelretorno.rree.gob.pe, en el cual pueden hacer su prerregistro, es decir, expresar su intención de acogerse al referido dispositivo.

“El portal ha recibido más de 7,000 visitas desde que fue creado, pero más del 50 por ciento ha sido desde que entró en vigor la ley”, comentó a la Agencia Andina.

“Hasta el momento unas 810 personas se han prerregistrado; tras concluir el llenado del formulario R-1 obtuvieron un número. Lo hemos hecho para ir midiendo (el interés) y que los sectores involucrados tengan una idea”, explicó.

Quirós agregó que el siguiente paso es acercarse a los consulados (si está fuera del país) o a la Cancillería (si ya se encuentra en el Perú) para presentar formalmente su solicitud y manifestar su voluntad de retornar a su patria y acogerse a los alcances de la ley.

El consulado o la Cancillería deberá verificar el tiempo de permanencia en el exterior del solicitante (cuatro años como mínimo).

Según cifras oficiales, 3 millones 560,664 peruanos viven en el exterior, de los cuales el 33% se concentra en Estados Unidos, 17% en España, 13% en Argentina, 10% en Italia, 8% en Chile, 4% en Japón y Venezuela, y 11% en el resto del mundo.

Fuente: Agencia Andina