Dicha entidad edil explicó que la ordenanza municipal 016 del reglamento de saneamiento y medio ambiente establece una multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a quienes incumplan la norma.

Para tal efecto, el Concejo Municipal ha encargado a las gerencias Municipal, Rentas, Ambiental, Desarrollo Urbano y Rural, Desarrollo Económico y Social, con el área de seguridad ciudadana y en coordinación con la Policía, el cumplimiento de la ordenanza.

Se exhortó a los ciudadanos para que tomen en cuenta que al quemar un muñeco en la calle se genera contaminación ambiental, dado que en la combustión de materiales inflamables se emite grandes cantidades de monóxido de carbono y otros gases tóxicos.

Además, daña considerablemente el asfalto, concreto o cualquier superficie donde se coloque o incendie el muñeco, al arder durante muchas horas, lo que deja, en estos casos, verdaderas bombas de tiempo en plena vía pública.

Fuente: Agencia Andina