El Gobierno declaró hoy el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de las regiones de y Pasco por desastre a consecuencia de caídas de huaico y deslizamientos, debido a intensas precipitaciones pluviales que se registran en la zona.

Así lo dispone el Decreto Supremo publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano que precisa que la declaratoria del estado de emergencia regirá por un plazo de 60 días calendario.

Los distritos de la región Huánuco declarados en emergencia son: Amarilis, provincia de Huánuco; Ripán, La Unión, provincia Dos de Mayo y Tomay Kichwa, provincia de Ambo.

En tanto, en la región de Pasco los distritos declarados en estado de emergencia figuran: Chontabamba, Huancabamba, Palcazú y Puerto Bermúdez; provincia de Oxapampa.

También las jurisdicciones de Paucar, San Pedro de Pillao, Yanahuanca y Goyllarisquizga; provincia de Daniel Alcides Carrión. Asimismo, los distritos de Chaupimarca, Yanacancha, Simón Bolivar y Pallanchacra, provincia de Pasco.

El dispositivo agrega que resulta necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado.

Subraya, además, que la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas de excepción urgentes. De esta manera, la medida de emergencia permitirá intervención de diferentes sectores del Gobierno Nacional.

Según la norma, la declaratoria del estado de emergencia permitirá la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas, que corresponda.

El Gobiernos Regionales de Huánuco y Pasco junto a los gobiernos locales comprendidos, realizarán la coordinación técnica y seguimiento con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), y la participación de los ministerios de Salud, Educación, Agricultura y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción; y Energía y Minas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas, indica la norma.

El Nº 026-2019-PCM subraya que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

El dispositivo refiere que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente Martín Vizcarra y es refrendado por el jefe del Gabinete Ministerial, César Villanueva; y por los ministros de Salud, Educación, Agricultura y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción; y Energía y Minas.