El último 15 de noviembre las empresas cumplieron con depositar el último abono de la Compensación por tiempo de Servicio () a sus trabajadores, por lo que ya puedes trasladar tus recursos a entidades que paguen mayores tasas de interés.

Ya no hay excusas para efectuar tu traslado sin más pérdida de tiempo y dejar atrás a las entidades que te pagan tasas de interés que no cubren ni la inflación y que te ofrecen tasas más bajas por seguir endeudándote.

¿Pero qué se tiene que hacer? Según la normativa vigente, el primer paso lo tiene que dar el trabajador, quien debe comunicar al empleador su decisión de cambiar de la entidad financiera A a la entidad B.

Pero antes de ello el trabajador deberá ingresar a la página web de la entidad financiera de su elección, imprimir el documento que dice “traspaso de CTS”, llenarlo y entregarlo a recursos humanos de la empresa donde trabaja.

Plazos para el traslado

Posteriormente, el empleador tiene ocho días útiles para comunicarle el cambio a la entidad financiera y nadie puede oponerse.

Asimismo, la entidad A donde el empleado tiene su CTS, tiene quince días hábiles para hacerle saber el cambio a la entidad B y tiene que informarle a cuánto asciende el fondo, y si la cuenta tiene algún tipo de afectación.

De no cumplirse el traslado en el tiempo establecido el trabajador puede hacer el reclamo ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Cabe indicar que el cambio de entidad financiera se justifica también cuando existen variaciones en las tasas de interés.

Ante ello es recomendable que el trabajador monitoree el mercado permanentemente para ver qué entidad financiera paga más por la CTS.

¿Adónde trasladar la CTS?

Según la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) las cajas municipales son las que lideran el ranking de las entidades que más pagan por las CTS, con tasas de interés que llegan a 7.5% anual.

Les siguen las cajas rurales y las financieras, quedando al final los bancos que son los menos generosos en la remuneración de la CTS.

Depósitos asegurados plenamente

Muchos trabajadores se resisten a trasladar su fondo de una entidad a otra por el temor a que esta última quiebre y su dinero se pierda. Sin embargo, eso es ajeno a la realidad.

Algunas personas desconocen la existencia del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) y el papel que juega en el sistema financiero.

El FSD actualmente cubre depósitos en el sistema financiero por hasta 99,372 soles en caso de cierre o quiebra, ya sea que los fondos estén depositados en un banco, financiera, caja rural o municipal.

Por lo tanto, la frase cliché de que se paga una tasa de interés baja, incluso menor a la inflación promedio de los últimos años (por debajo de 3%) porque se ofrece la garantía de que tu depósito no se perderá, es una verdad a medias.

¿Fondos Mutuos son una opción?

Según cálculos de la gerencia estrategia de inversión de Rímac, los Fondos Mutuos pagan una rentabilidad anual esperada de 6%, y ojo que es “esperada”, no es segura. Es decir, si tu depósito suma los 10,000 soles al año te pagarán 600 soles, lo que equivale a 50 soles mensuales.

Sin embargo, según el portal de la SBS, existen entidades financieras que pagan por encima de la tasa de 6% como hemos podido verificar.

Así que es tu decisión trasladar tu fondo para que alcance una mayor rentabilidad manteniéndola tal vez en una entidad financiera que la remunere adecuadamente antes de retirarla e invertirla en opciones no tan seguras.