A seis meses de su implementación, los órganos jurisdiccionales de flagrancia del Poder Judicial tramitaron 23,530 procesos que involucran a 24,971 personas por diversos delitos, tales como omisión a la asistencia familiar, conducción en estado de ebriedad, hurto y robo.

Entre el 29 de noviembre de 2015, cuando entró en vigencia el D.L. 1194, que regula el proceso inmediato por flagrancia, y el 27 de mayo último, se procesó a 2,417 por hurto y 1,471 por robo.

El Poder Judicial sostiene que los juzgados de flagrancia se han convertido en una herramienta eficaz contra la inseguridad ciudadana, teniendo en cuenta que más del 50 por ciento de los procesos ya han concluido.

De igual modo, en este período se investigó a 11,407 por omisión a la asistencia familiar y a 6,818 por conducción en estado de ebriedad, con lo que se contribuye a la reducción sustantiva de la carga procesal penal, constituida principalmente por causas relacionadas a los mencionados delitos.

El número de procesados por violencia y resistencia a la autoridad, que usualmente recibe amplia repercusión mediática, solo asciende a 592 personas.

Según el reporte de la Coordinación Nacional de Flagrancia del Poder Judicial, la mayor parte de procesados se encuentran en las cortes de Lambayeque (2,583), Ica (1,997), La Libertad (1,754), Piura (1,620), Arequipa (1,324) y Santa (1,278).

En la tramitación de estos procesos, dichos órganos jurisdiccionales procedieron en forma célere y eficaz, resolviendo en solo horas o días lo que en la vía ordinaria se prolonga por meses o años, y en estricto respeto del debido proceso y los derechos de las partes.

Recientemente el Poder Ejecutivo asignó al Poder Judicial la partida de 11 millones 754,000 soles que serán empleados para la creación y fortalecimiento de estos órganos jurisdiccionales.

La implementación de los juzgados de flagrancia es uno de los ejes de gestión del presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, en el propósito de agilizar la administración de justicia y ofrecer una respuesta institucional a la demanda ciudadana de acciones concretas contra la delincuencia. (Fuente: Andina)

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