Como suele ocurrir en las elecciones en nuestro país, días antes de los comicios suelen regir una serie de restricciones para garantizar que estos se realicen con normalidad y sin contratiempos. En ese sentido, la (ONPE) ha ordenado lo siguiente:

Primera restricción

Para las elecciones 10 de abril, la ONPE ha dispuesto que el lunes 4 de abril prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación.

Esta prohibición está fijada en el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones, informa el organismo electoral en un comunicado publicado en su página web.



Los mitines

Los candidatos deberán aprovechar al máximo estos días para realizar sus mitines de cierre de campaña o alguna otra manifestación masiva.

Desde del viernes 08 de abril no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. En tal sentido, los mítines de cierre de campaña de las agrupaciones políticas que participan en estos comicios solo se podrán realizar hasta la noche del jueves 07 de abril.

Desde el sábado 09 de abril se suspenderá toda clase de propaganda política. Esta restricción, como la anterior, están especificadas en el artículo 190 de la Ley de Orgánica de Elecciones. En tal sentido, desde ese día no se puede usar banderas, llevar vestimentas u otros distintivos o indumentarias que contengan propaganda electoral.

Restricciones para los ciudadanos

Desde las 08:00 horas del sábado 09 de abril quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas en todos los comercios a nivel nacional, la misma que podrá reanudarse recién el lunes 11 de abril. De esta manera, la denominada ‘Ley seca’ tendrá una vigencia de 48 horas.

El organismo electoral también señaló que los miembros de mesa, candidatos y personeros no pueden ser detenidos 24 horas antes ni 24 horas después de la votación, salvo en caso de flagrante delito.



Además, el día de los comicios, durante las horas de la elección, no se podrá realizar reuniones dentro de 100 metros de un local de votación. Tampoco se podrá hacer espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cine, o reuniones públicas de ninguna clase.

El organismo electoral también señaló que está prohibido portar armas de fuego desde el sábado 09 hasta el lunes 11 de abril. Asimismo, se prohíbe impedir, coactar, inducir o perturbar el ejercicio personal del sufragio.

El ingreso violento al local de votación, la agresión a miembros de mesa, así como la destrucción de actas electorales y local de votación son delitos flagrantes y los autores serán detenidos y sancionados penalmente. Ninguna persona, además, puede detener o demorar los servicios de correos o mensajeros que transporten elementos del proceso electoral.

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