Hoy se publicó en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la Ley que incorpora la aplicación del enfoque de derechos humanos en favor de las personas afectadas o damnificadas por desastres.

Dicho enfoque de derechos se dará mediante la respuesta, rehabilitación y reconstrucción de los servicios e infraestructura de uso público afectados.

El enfoque implica el reconocimiento de todos los afectados como titulares de derechos y el deber del Estado de promover, respetar y protegerlos, propiciando su restitución en el más breve plazo.

Son considerados de atención prioritaria los derechos a la vida, alimentación, salud, educación, vivienda, el acceso a la justicia y seguridad ciudadana, y protección del interés social y económico de los afectados.

Así también, el acceso al agua y los servicios de saneamiento e infraestructura de transporte.

De esta manera, los afectados o damnificados por desastres tienen derecho a una respuesta inmediata del Estado sin distinción alguna.

La atención prioritaria debe asegurar atención médica y psicológica, la dotación de albergue, agua, alimento, vestido y seguridad y orden público, teniendo en cuenta la identidad cultural individual y colectiva de las personas afectadas.

La ley será de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como el sector privado y la ciudadanía en general que intervienen en la gestión de riesgo de desastres.

En la víspera, el presidente de la República, Martín Vizcarra, promulgó la ley impulsada por la Defensoría del Pueblo.

Con ella se busca poner a la persona como el eje central de la reconstrucción en las zonas afectadas por El Niño costero.

Fuente: Andina