La decisión se adoptó debido a que en la zona se presenta una situación de “riesgo alto” en caso de incendio, sismo o derrumbe. Así lo dispone un decreto de la Municipalidad de Lima publicado en el diario oficial ‘El Peruano’, el cual declara dicho perímetro como “zona restringida”.

Además, se establece que el horario de carga y descarga de volúmenes grandes realizada por los estibadores será desde las 23:00 horas hasta las 10:00 horas del día siguiente. Los consumidores que adquieran volúmenes menores podrán retirar sus mercancías a lo largo del día, pero no dispondrán de carretillas o estibadores.

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La salida de productos al por mayor se hará directamente de los locales comerciales o también podrán ser enviados por los vendedores a las direcciones indicadas por los compradores.

El decreto indica que al 30 de junio del 2014, existen 421 establecimientos mayores en el Cercado y en la zona de Mesa Redonda estos establecimientos ascienden a un número de 147. El número de stands que albergan llega a 18,013.

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“El movimiento comercial que generan estas galerías así como el Mercado Central atrae a una cantidad de vendedores ambulantes no autorizados que resulta imposible controlar”, señala la norma.

Esa situación demanda la presencia de estibadores que son autorizados para transitar por determinados lugares, pero también por los informales, que causan congestión en las vías y que no respetan los estándares de peso y altura que deben tener las cargas que llevan.

Fuente: Agencia Andina