La informó que la Primera Sala Constitucional declaró nula la resolución que resuelve infundada la oposición que presentó en relación con una medida cautelar a través de la cual el municipio de pretendía detener la ampliación de carriles en la .

En su comunicado, la comuna capitalina asegura que en el fallo se ordena al juez a cargo del caso que expida una nueva resolución teniendo en cuenta la Certificación Ambiental que le otorgó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) sobre el proyecto, el pasado 15 de febrero.

“En ese sentido, (la sala) precisa que los argumentos interpuestos por la comuna de San Isidro, respecto al impacto ambiental negativo que la obra ocasionaría en relación con el traslado de un grupo de árboles, no están probados de manera fehaciente, en tanto dicho procedimiento no ha ocurrido y tal predicción no se puede realizar en base a supuestos”, afirmó la Municipalidad de Lima.

Además, remarcó que espera el pronunciamiento positivo del Poder Judicial para reiniciar las obras en el tramo que comprende la Av. Paseo de la República y su empalme con Del Parque Sur, en San Isidro.

El CASO

En abril pasado, el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima resolvió declarar infundado el recurso de oposición que presentó la Municipalidad de Lima ante la medida cautelar que le impide ampliar a tres carriles la avenida Aramburú, en San Isidro.

La comuna capitalina afirmó que dicho juzgado no tomó en cuenta la prueba que presentó y en la que supuestamente se confirma que esta obra ha sido demandada por la propia Municipalidad de San Isidro y figura en el Plan Urbano Distrital 2012-2022 que elaboró ese municipio.