La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), confirmó la sanción a la empresa Gothic Entertainment S.A., propietaria de la discoteca Gótica.

Fue por discriminar a Godfrey Arbulú, al impedirle el ingreso a su local por su orientación sexual. La agraviada acudió a la discoteca invitada a un evento, sin embargo el personal de seguridad tras solicitarle su documento de identidad, le condicionó el ingreso al pago de una suma mayor al que debían pagar los demás consumidores.

Los hechos fueron denunciados ante INDECOPI, que en primera instancia multó y ordenó medidas correctivas contra Gothic Entertainment, al comprobarse que con este trato discriminatorio la discoteca infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Posteriormente, ante la apelación que presentó dicha discoteca ante la segunda instancia administrativa, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI confirmó la sanción y resolvió multar a la discoteca Gótica con 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 185 mil soles.

Asimismo, la discoteca deberá asumir el pago de los costos incurridos por la denunciante en el procedimiento y también tendrá que capacitar a su personal para que, en el futuro, eviten conductas discriminatorias similares, debiendo acreditar ante el INDECOPI dicha capacitación.