El sancionó a las empresas y , por exigir requisitos adicionales a los dispuestos por la ley, en el pago de indemnizaciones por incapacidad temporal y permanente derivadas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

La Comisión de Protección al Consumidor comprobó que Rimac Seguros exigía informes y exámenes médicos como requisitos para solicitar indemnizaciones por incapacidad temporal y permanente, cuando la norma vigente sólo exige que se presente el certificado del médico tratante, señaló el .

Por tal motivo, Rimac Seguros fue sancionada con una multa de 56.1 UIT (S/. 226,800 con el valor actual de la UIT). La empresa ya pagó la multa impuesta.

En el caso de La Positiva, la comisión determinó su responsabilidad por exigir a los consumidores que presenten la partida de nacimiento de los menores de edad beneficiados con el SOAT, cuando sólo es necesario presentar el DNI para atender el pago de indemnizaciones por incapacidad temporal derivadas de este seguro.

Por este hecho, la empresa fue sancionada con una multa de 4.5 UIT (S/. 18,225). Además, La Positiva fue sancionada con una multa de 106.2 UIT (S/. 430,110), porque incumplió con pagar indemnizaciones por incapacidad temporal dentro del plazo de diez días calendario que señala la norma vigente del SOAT, informó Semana Económica.

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