Se encuentra en grave crisis económica por un error de homonimia. Desde hace más de un año, Gustavo Adolfo Gallo Seminario no puede cobrar su dinero, pedir préstamos ni tampoco realizar ninguna transacción por llamarse igual a un sujeto acusado por deber más de 20 mil soles a la , en Piura.

“No puedo trabajar, cada sol que cae en cualquier en la cuenta de cualquier banco a mi nombre es capturada y pierdo negocios, porque al no poder usar mi cuenta personal, con mi nombre, genera desconfianza y se rompen las relaciones comerciales”, indicó Gustavo Adolfo en un reportaje de ‘América Noticias’.

Según el programa ‘América Noticias’, la Municipalidad de Catacaos le cobra una deuda de un terreno que no le pertenece, lo que le ha afectado financieramente.

“La falla fue que ellos habían buscado en Consulta Ruc el nombre Gustavo Gallo Seminario y yo había salido como primer resultado, y en la página número 2 aparece Gustavo Hernán Gallo Seminario, que es el homónimo que tiene esas propiedades”, manifestó.

En Registros Públicos, el terreno al que aluden las autoridades de Catacaos figura a nombre de Gustavo Hernán Gallo Seminario, pero no de Gustavo Adolfo. Se trata de una variación del segundo nombre que no habría sido tomada en cuenta.

“He ido a la SBS, a Indecopi, a la entidad bancaria, me dijeron que no es de su competencia”, señaló Gustavo Adolfo.

Según la entidad bancaria en donde tiene sus cuentas, la resolución de cobranza coactiva se hizo efectiva a nombre del señor Gustavo Gallo Seminario, identificado por su RUC, pero no por el DNI y sin verificar el nombre completo de la persona.

Gustavo Adolfo ha presentado quejas en todas las instancias y ha solicitado al municipio el levantamiento de embargo adjuntando todos los documentos que prueban que él no es el deudor, pero, según el denunciante, no ha recibido una respuesta desde hace 12 meses.

Un equipo de periodistas buscó a Gustavo Hernán, pero nunca fue encontrado en su vivienda. En un comunicado, la entidad bancaria aclaró que solo puede liberar la cuenta afectada si el municipio demandante lo ordena.