La fiscal superior coordinadora de las Fiscalías especializadas en Derechos Humanos y Terrorismo, Luz del Carmen Ibañez, comunicó a la Municipalidad de Comas que la demolición del denominado mausoleo ubicado en esa jurisdicción es un asunto netamente administrativo.

Asimismo, el traslado de ataúdes corresponde a una ejecución de naturaleza administrativa, no siendo competente la Sala Penal Nacional del Poder Judicial para disponer sobre tales hechos, tal como lo establece la Resolución N° 89-2017 del Colegiado B de dicha sala.

Es así, que la autoridad edil de Comas ha sido notificada por la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional informándole que la actuación de dicha fiscalía, conforme lo habilita el considerando Cuarto de la citada Resolución Judicial, se ha dado por agotada, desde la entrega de restos realizada el 4 de agosto de 2016.

Es necesario precisar que el mausoleo tiene una antigüedad de construcción de un año anterior a la entrega de restos que realizó la Fiscalía Superior, por lo cual se reitera que dicha Fiscalía no tuvo absolutamente nada que ver en la autorización o en la solicitud para dicha construcción. Así lo determinó una pericia de ingeniería forense.

Fuente: TV Perú

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