Este jueves 4 de junio, bajo el Decreto Supremo , publicado en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano se comunicó la lista de actividades que ya cuentan con la aprobación para funcionar desde el 5 de junio y que habían dejado de hacerlo debido al .

¿Cuáles son las actividades aprobadas?

  • Mediana y pequeña minería (también la minería artesanal y sus actividades conexas).

  • Elaboración de alimentos preparados para animales, bebidas malteadas, bebidas alcohólicas y tabaco.

  • Fabricación de calzado, actividades de impresión y servicios relacionados, reparación de equipos de transporte, fabricación de instrumentos médicos y su reparamiento.

  • Proyectos de inversión pública y privada, las Asociaciones Público-Privadas y proyectos en activos.

  • Venta y mantenimiento de autos, motos y sus partes, así como la venta de equipo deportivo y enseres domésticos.

  • Actividades jurídicas, de contabilidad, arquitectura, ingeniería, investigación y desarrollo y veterinaria..

  • Hospedajes, las actividades de seguridad privada e investigación, el alquiler de vehículos y otro tipo de maquinaria.

  • Actividades de telecomunicaciones, postales y mensajería.

  • Servicio de transporte interprovincial.

¿Qué lugares no entran en la nueva fase?

Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash no serán consideradas dentro de esta nueva fase.

Cabe destacar que para conocer más sobre las especificaciones respecto a cada actividad debes ingresar al decreto mencionado en el primer párrafo.