A partir de noviembre del 2017, los docentes nombrados en la primera escala magisterial, así como los contratados, ganarán el mismo sueldo, equivalente a S/ 2,000.

Así lo dispone el Decreto de Urgencia del Poder Ejecutivo, publicado este jueves, que dicta medidas extraordinarias para continuar con la revalorización docente y la implementación de la reforma magisterial.

“Autorízase el incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como de la remuneración mensual de profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328, desde el 01 de noviembre de 2017”, señala la norma publicada hoy en el diario El Peruano.

En esta misma norma se dispone a partir del 1 de setiembre de 2017, que el profesor contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente al que se refiere la Ley N° 30328, percibirá los conceptos de Compensación por Tiempo de Servicio y Subsidio por Luto y Sepelio.

Dicha información también fue expuesta esta mañana por la ministra de Educación, , durante el Foro del Acuerdo Nacional, convocado de manera extraordinaria para tratar el tema educativo.

En su exposición, Martens hizo un recuento desde los primeros días de la huelga docente y dijo que hubo tres huelgas, empezando la primera por Cusco, donde las clases ya se reiniciaron luego de alcanzar diversos acuerdos.

Pago de encargaturas

La norma también dispone que, a partir del mes de noviembre de 2017, los profesores encargados en un cargo directivo o jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente, así como encargado de especialista en educación, de acuerdo al artículo 177 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran, así como el 60% de la asignación por cargo que perciben los profesores designados en dichos cargos, en el marco de la citada Ley Nº 29944 y su Reglamento.

Asimismo, a partir del mes de noviembre de 2017, los profesores encargados en un cargo de director en institución educativa unidocente, de acuerdo a la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran en el marco de la citada Ley Nº 29944 y su Reglamento.

El presente Decreto de Urgencia es suscrito por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, el jefe del Gabinete Ministerial y ministro de Economía, Fernando Zavala y la ministra de Educación, Marilú Martens.

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Fuente: Andina

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