La Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda de Acción Popular que interpuso la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) con la intención de evitar su cierre definitivo.

De esta manera, una vez más quedó confirmado el mandato de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria que dispone el cierre presupuestal, patrimonial, administrativo, de personal y financiero de la ANR, que será reemplazada en sus funciones por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) a partir de enero del 2015.

La demanda presentada por la ANR planteaba que se deje sin efecto la Resolución Ministerial N°349-2014-MINEDU, mediante la cual se formalizó la instalación del Grupo de Trabajo encargado de liquidar a la Asamblea.

Los representantes de la ANR alegaban que tal resolución fue emitida excediendo el plazo dispuesto por la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria.