Según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 123-2012-PCM, emitido a fines del año pasado, el lunes 7 de octubre los trabajadores del sector público lo tendrán libre, lo que unido al sábado 5, domingo 6 y martes 8 conforman un nuevo feriado largo.

Como se ha establecido, las horas que los empleados estatales dejen de laborar serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a las necesidades de esta.

El decreto supremo señala que para fines tributarios el lunes 7 de octubre será considerado hábil. Las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día no laborable.

Respecto a los centros laborales privados, se precisa que podrán acogerse a la medida, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, “quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar”.

Si no hubiera un acuerdo entre las partes sobre la devolución de las horas no trabajadas, indica la norma, la decisión la tomará el empleador.

Fuente: Agencia Andina