El 1 de enero de 2017 entró en vigencia el decreto legislativo que permite a los trabajadores descontar diversos gastos mensuales hasta por 10 UIT del pago del Impuesto a la Renta (IR).

La norma establece que a las 7 UIT ya establecidas o S/ 28,350 anuales, los trabajadores independientes y en planilla (rentas de cuarta y quinta categoría) podrán deducir hasta 3 UIT adicionales o S/ 12,150 al año.

Estos gastos deberán ser sustentados mediante comprobantes electrónicos, aunque la Sunat podrá establecer los supuestos en los cuales los gastos podrán ser sustentados con comprobantes de pago que no sean emitidos electrónicamente.

¿cómo hacerlo?

Los contribuyentes que deseen deducir hasta esas 3 UIT de sus ingresos anuales para pagar menos Impuesto a la Renta, deberán exigir y conservar los documentos correspondientes para presentarlos a la Sunat en los primeros meses del 2018, junto con su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

Recién en ese momento podrán solicitar la devolución del Impuesto a la Renta que hayan pagado de más durante el 2017.

Los gastos que pueden deducirse y los documentos que debes guardar y conservar en buen estado son los siguientes:

1. gasto de alquileres

Puedes deducir hasta el 30% del costo de tu alquiler. Para hacerlo, deberás presentarle a la Sunat los recibos de arrendamiento.

2. intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda

Debes conservar el voucher que te entrega el banco. No podrás deducir todo el pago de tu hipoteca, solo los intereses.

3. honorarios profesionales de médicos y odontólogos

Podrás deducir el 30% de lo que le pagues a médicos y odontólogos por el cuidado de tu salud, la de tus hijos menores de 18 años, la de hijos mayores de edad con discapacidad, tu cónyuge o concubina° en la parte no reembolsable por seguros. Deberás conservar sus recibos por honorarios.

4. servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría

Puedes deducir el 30% de lo que le pagues durante el 2017 a alguno de los siguientes 13 profesionales, a quienes deberás exigirles su recibo por honorarios electrónico: abogado; analistas de sistema y computación; arquitectos; enfermeros; entrenador deportivo; fotógrafo y operadores de cámara, cine y TV; ingeniero; intérprete y traductor; nutricionista; obstetriz; psicólogo; tecnólogos médicos; y veterinario.

5. aportaciones a Essalud por contratar trabajadores del hogar

El documento indicado para probar este gasto es el formulario que la Sunat les entrega a los empleadores o el documento virtual que sustenta este pago.

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