Los trabajadores independientes (cuarta categoría) que emiten recibos por honorarios y cuyos ingresos mensuales no sobrepasen los S/. 2.880, no pagarán Impuesto a la Renta (IR), informó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ().

Dicha institución estableció que los trabajadores independientes que cumplan con este requisito podrán iniciar el trámite ante el ente para pedir la suspensión de retenciones o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR).

Así lo estableció en la resolución N°367-2015 publicada en el diario oficial “El Peruano”. En dicha norma se determinan los cambios tras el incremento del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para este año a S/. 3.950.

Para solicitar la exnoración, los contribuyentes deberán ingresar al portal web de la entidad y acceder con su clave sol al link de Sunat operaciones en línea.

En el módulo deberán ubicar el formulario virtual Nro. 1609 y llenar la información solicitada. Tras la validación de los datos, se podrá imprimir la constancia de autorización de la suspensión, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.


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Posted by Peru.com on lunes, 4 de enero de 2016


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