El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones () ratificó la sanción impuesta a Telefónica del Perú por incumplir la prohibición de ventas de Internet ADSL condicionadas a la compra de una línea de telefonía fija en paquetes.

De acuerdo a la resolución publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Tribunal de Solución de Controversias del ente regulador ratificó en segunda instancia la multa de 1 millón 215,000 soles (300 Unidades Impositivas Tributarias o UIT) impuesta a Telefónica, al comprobarse que no ofrecía el servicio de Internet de manera individual.

certificó que en la oferta de Telefónica existían algunas velocidades de Internet ADSL que solo se ofrecían “atadas” al contrato del servicio de telefonía fija (Dúos), pese a que se ordenó el “desempaquetamiento” en todas las modalidades de este servicio.

Evidencias

Asimismo, las fiscalizaciones realizadas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) hallaron que esta empresa vendió paquetes “Dúos”: Internet ADSL y telefonía fija, a precios menores al servicio individual de Internet.

El Tribunal de Solución de Controversias consideró que dichas conductas incentivaron de forma artificial y anticompetitiva, la contratación del servicio de acceso a Internet vinculado al de telefonía fija.

Además, el ente regulador constató que los asesores de venta de Telefónica no informaban adecuadamente a los usuarios, ya que negaban la posibilidad de contratar el servicio de Internet ADSL de manera individual.

Fuente: Andina

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