La comisión Ad Hoc para la devolución del dinero del aprobó por mayoría el padrón nacional de los beneficiarios, correspondientes al sétimo grupo conformado por 101,104 personas, los mismos que podrán cobrar a partir del 21 de julio en el Banco de la Nación.

La resolución administrativa publicada el domingo en el diario oficial El Peruano, da cuenta de esta decisión, padrón que se ha conformado en base a los fonavistas que, luego del proceso de verificación, cuentan con la respectiva cuenta individual de periodos de aporte.

Asimismo, se dispuso la emisión y notificación a través de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (Cerad), a los beneficiarios del séptimo grupo.

Se estableció que el Cerad será emitido y notificado de manera individual. También se dispuso la transferencia de S/ 127 millones 65,708 de las cuentas a nombre de la Comisión Ad Hoc – Ley 29625/Fonavi en las entidades del sistema financiero nacional, a la cuenta con la misma denominación en el Banco de la Nación.

Este monto será utilizado para la devolución de aportes, a fin de iniciar el proceso de pago de los fonavistas que integran la relación del Séptimo Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios.

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Detalles a tomar en cuenta

El pago se realizará a partir del 21 de julio del presente año. El Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios correspondientes al Séptimo Grupo de Pago, estará publicado en el portal institucional de la Secretaría Técnica ( y/o ).

Para consultar la información del padrón se deberá ingresar a través de la página web al módulo de consulta “Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Séptimo Grupo de Pago”, con el número de documento de identidad del Fonavista Titular.

La segunda opción es llamar al teléfono 317-8888, de lunes a viernes de las 08:00 a 18:00 horas. También puedo averiguar en las oficinas del jirón Carabaya 721 (Lima) y en provincias, en las ubicaciones que aparecen en el portal de la comisión.

Se recuerda que la Comisión Ad Hoc es la única entidad oficial para el proceso de devolución y que no ha cobrado, no cobra, ni cobrará por trámite alguno.

La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc realizará las acciones necesarias y conducentes a la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Administrativa.

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Fuente: Agencia Andina

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