El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició procedimientos administrativos sancionadores a cuatro conocidos supermercados por presunta variación de precios.
Estos son Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea), Cencosud Retail Perú S.A. (Wong y Metro) e Hipermercados Tottus S.A. (Tottus), los cuales serían sancionados por Indecopi por infringir las normas de protección del consumidor.
No respetar el precio exhibido en góndolas al momento del cobro en la caja registradora de sus productos, en perjuicio de sus clientes y no informar el precio de estos productos en el lugar de su exhibición son los motivos por los que el ente regulador les impondría una fuerte sanción económica.
Así informó Indecopi este caso:
La Secretaría Técnica indicó que los procedimientos son resultado de una investigación iniciada en setiembre del presente año. La Gerencia de Supervisión y Fiscalización en coordinación con 14 Oficinas Regionales del Indecopi, efectuó acciones de supervisión in situ en 42 establecimientos de las empresas señaladas.
En dichas acciones los funcionarios acudieron a estos establecimientos, escogiendo aleatoriamente productos puestos a disposición, tomando fotografías de los precios consignados en las góndolas y anaqueles, para luego pasarlos por la cajas habilitadas, verificando si coincidían o no los precios informados con los finalmente señalados en estas.
Estas acciones de supervisión permitieron detectar que los precios informados a los consumidores no coincidían con los que se cobraban en las cajas. Asimismo, se detectó que algunos productos exhibidos no contaban con la información del precio, lo que incumpliría lo establecido en el Código de Defensa y Protección al Consumidor.
el código de protección y defensa del consumidor y posibles sanciones
El artículo 5 del Código de Protección y Defensa del Consumidor señala que los establecimientos comerciales están obligados a consignar de manera fácilmente perceptible para el consumidor los precios de los productos en los espacios destinados para su exhibición.
Asimismo, el Indecopi ha precisado que de acreditarse la responsabilidad de los supermercados por los hechos investigados, la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 podría imponer sanciones que van desde una amonestación hasta una multa de cuatrocientos cincuenta (450) unidades impositivas tributarias (UIT).