Recordó que con el propósito de brindar una clara y oportuna información a los clientes del sistema, la SBS aprobó el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con usuarios del Sistema Financiero. Regirá desde enero del 2013.

Para el caso de créditos y depósitos, las empresas deberán otorgar a los clientes la posibilidad de elegir uno o los dos mecanismos de recepción de información periódica de los movimientos registrados en dichos productos, es decir: medios físicos (remisión al domicilio señalado por el cliente) y/o medios electrónicos (a través de la página web, correo electrónico, entre otros) sin costo alguno.

No pueden ser sujeto de cobro al cliente las gestiones de cobranza, así como las gestiones asociadas a la evaluación, constitución y administración de garantías en los productos condicionados a su constitución, se incluyen al vehicular, pignoraticio, entre otros.

También en el caso de tarjetas de crédito, la emisión inicial o renovación por vencimiento del plástico necesario para la utilización de la línea de crédito.

Respecto a los depósitos, se incluyen como operaciones y/o servicios esenciales o inherentes a la activación de la cuenta de ahorros, y la emisión inicial o renovación por vencimiento del medio físico otorgado para realizar retiros de dinero de la cuenta, cuando sea un requisito indispensable para tal efecto.

Además, el mantenimiento del medio físico o electrónico otorgado para realizar transacciones, cuando sea un requisito indispensable para tal efecto.

En el rubro de cargos prohibidos se han incorporados nuevos supuestos como la emisión y envío de información sobre créditos y depósitos, cuando el cliente haya elegido la remisión de ésta a través de medios electrónicos.

También la disposición de efectivo en el caso de tarjetas de crédito; cargos en depósitos cuando su apertura se establezca como requisito para realizar cargos relativos al pago de algún crédito; exceso de uso en la línea de tarjeta de crédito; y, administración de créditos bajo el sistema revolvente (tarjeta de crédito).

Fuente: Agencia Andina