El Poder Ejecutivo oficializó el otorgamiento del aguinaldo por Navidad para los funcionarios y servidores del sector público de hasta 300 nuevos soles, que se aplicará por única vez conjuntamente con la planilla de pago de julio de 2011.

Dicho aguinaldo será otorgado a los funcionarios y servidores nombrados y contratados, obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes N° 15117, 19846, 20530, 28091 y el Decreto Supremo N° 051-88-PCM.

En el caso del personal activo, para recibirlo deberá estar laborando al 30 de junio del presente año o en uso del descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo subsidios de acuerdo con la Ley N° 26790.

Además deberá contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio de 2011. Si no contara con el tiempo de tres meses, el aguinaldo se abonará en forma proporcional a los meses laborados.