Muchas personas consideran que tener una casa propia es algo imposible, ya que no cuentan con los medios económicos para comprar una. Por tal motivo, hace varios años, el Gobierno del Perú ha creado el programa Bono Techo Propio.
Este beneficio está dirigido a las familias con ingresos familiares mensuales (entre todos los integrantes) que no sean mayores S/ 3,715 para comprar y S/ 2,706 en casi de querer construir o mejorar su vivienda (también hay un bono para ello).
¿Cuál son los requisitos para el bono techo propio (compra de vivienda)?
- El hogar en conjunto no debe tener ingresos mayores a S/ 3,715 si desea acceder al bono en la modalidad de compra de un inmueble.
- El Grupo Familiar (GF), debe estar conformado por un Jefe de Familia (sea hombre o mujer) que declarará uno o más dependientes (cónyuge, conviviente, hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o mayores de 25 con discapacidad; padres o abuelos).
- Los postulantes no deben haber recibido con anterioridad apoyo habitacional del Estado (Enace, Fonavi, Banmat o el FMV).
- Para aquellos que desean un bono para la compra de una vivienda, deben contar con ahorro (la cantidad es variable y la determinará la entidad)
¿Cuál son los requisitos para el bono techo propio (construcción de vivienda)?
- Si la familia desea acceder al bono para construir o mejorar una vivienda, los ingresos no deben superar los S/ 2,706 al mes.
- No haber recibido con anterioridad apoyo habitacional del Estado
- Debes tener un terreno inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes y no contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.
- Si deseas el bono para construir un inmueble, la familia no puede tener otro terreno o vivienda a nivel nacional.
¿Cómo registrarse para postular al bono techo propio?
- Inscribir a tu Grupo Familiar en cualquiera de las Oficinas y Centros Autorizados a nivel nacional.
- Debes presentar tu DNI y el de tu cónyuge o conviviente de ser el caso, y contar con los datos completos de todos los integrantes del Grupo Familiar (Nombre, DNI, fecha de nacimiento).
- Si la Jefatura Familiar está constituida por una pareja conviviente sin impedimento matrimonial, el Formulario debe ser suscrito por ambos. Si la Jefatura Familiar está constituida por una pareja casada, el Formulario debe ser suscrito por cualquiera de ellos.
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